• Respuesta Minsal Reglamento de Optometría

    Publicado el Noviembre 16th, 2011 admin 2 comentarios

    Hemos realizado una consulta al Ministerio de Salud, a través del Consejo para la Transparencia, que guarda relación con la intención, de parte de ese Ministerio, de redactar un reglamento o símil que regle lo dispuesto en la ley 20.470 (Ley de Optometría), recientemente en funciones.
    La respuesta recibida de parte del Subsecretario de Salud Pública, a través del Consejo para la Transparencia, que transcribimos parcialmente, es autoexplicativa y puede tener alcance sobre parte de nuestros colegiados. La respuesta completa está a disposición de los interesados en la Secretaría de nuestro Colegio.
    Descargue aquí extracto respuesta

    Atte.

    El Directorio

     

    2 comentarios sobre “Respuesta Minsal Reglamento de Optometría”

    1. Como he leido en su pagina web la ley de Optometristas no resultó de acuerdo a lo esperado por los contactologos de Chile.
      Lo que deberian hacer ahora es lograr que los contactologos se les autorice hacer SIGHT TESTING traducido al espanol seria como un CHEQUEO VISUAL. bueno si buscaran mas informacion al respecto se darian cuenta que esa practica esta autorizada en paises de primer mundo, como en Europa y Canada. siendo Opticos autorizados a realizar sight testing.
      “Sight testing” se refiere al revisar la vision del paciente detectar el defecto visual corregirlo y recetarle lentes o lentes de contacto, lo que incurriria en una mayor ingreso economico para la optica y mejor remuneracion del Contactologo y por ultimo el pacinte debe ser informado que se ha realizado solo la graduacion visual y que deberia concurrir a su oculista o professional de la vision para detectar algun problema de salud ocular.

      ESPERO QUE ESTA IDEA LES ABRA LOS OJOS A LOS DIREGENTES DEL COLEGIO DE OPTICOS Y CONTACTOLOGOS Y NO SE QUEDEN DORMIDO EN LOS LAURELES.

      ATENTAMENTE.

      Christian Meneses.

    2. Estimado Señor Meneses:

      junto con agradecer la deferencia de comentar en nuestra página institucional, me permito recordar que en nuestro proyecto original siempre fue considerada la posibilidad que ópticos contactólogos pudieran colaborar en tareas de refracción o de screenings visuales, al menos, en una etapa inicial, que bien podría haber abarcado cinco años. Por razones que ya pertenecen a la historia de la tramitación de la ley, dicha opción no fue acogida ni por el ejecutivo, ni por el legislativo.

      Debido a lo anterior, desde el momento mismo en que la ley 20.470 (Ley de Optometría) fue promulgada (Diciembre de 2010), esta Directiva se propuso encontrar una casa de estudios superiores que acogiera las legítimas aspiraciones de nuestros colegiados por poder obtener las competencias mínimas necesarias que les permitan ejercer acorde a las exigencias que dicta la referida Ley.

      Debido a lo novedoso que resulta abordar la optometría en el ámbito terciario de la educación, las conversaciones, bien encaminadas, aún no han llegado a su finalización, pues, además de las consideraciones propias del nuevo pensum que se debe adoptar, modificando el actual de tecnólogo médico mención oftalmología, necesariamente se debe considerar el equipamiento que las casas de estudio requieren.

      Por razones que quizás le resulten difíciles de comprender, solo daremos a conocer el éxito de nuestros esfuerzos cuando éstos se produzcan, por lo que agradeceremos estar atento a cualquier publicación que en esta página, facebook o revista institucional realicemos.

      Atentamente,

      Uwe Koch Kronberg
      Presidente Colegio de Ópticos y Optómetras de Chile

    ¿Y tú que opinas?